CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA

CERTIFICA EFIENERGÍA

 

  • ¿QUÉ ES?: La Certificación Energética (CEE) es un procedimiento para certificar energéticamente los edificios o partes de un edificio existente, o de nueva construcción, incluyéndose como partes de un edificio las viviendas, oficinas o locales, ubicados en el mismo, a partir del cual se emite el Certificado de Eficiencia Energética el cual incluye una calificación del inmueble (niveles desde A a G) e información objetiva sobre las características energéticas, emisiones, consumos, prestaciones y posibles mejoras en cuanto a ahorro energético, con sus costes.
  • ¿PARA QUÉ SIRVE?: Se establece fundamentalmente para poder valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, en previsión de la promoción de aquellos de alta eficiencia energética e inversiones en ahorro de energía, y en espera de su contribución para informar sobre las emisiones de CO2 a la atmósfera por el uso de la energía proveniente de fuentes emisoras en el sector residencial, con la finalidad de poder facilitar la adopción de medidas para reducir dichas emisiones y mejorar la calificación energética de la edificación.
  • ¿QUIÉN DEBE SOLICITARLO?: Según el artículo 5.1, sobre "Certificación de la eficiencia energética de un edificio", del R.D. 235/5013, "El promotor o propietario del edificio o de parte del mismo, ya sea de nueva construcción o existente, será el responsable de encargar la realización de la certificación de eficiencia energética del edificio, o de su parte, en los casos que venga obligado por este real decreto. También será responsable de conservar la correspondiente documentación."
  • ¿QUIÉN PUEDE EXPEDIR EL CERTIFICADO?: El CEE puede expedirlo un técnico competente, entendiendo por tal el R.D., "aquel técnico que esté en posesión de cualquiera de las titulaciones académicas y profesionales habilitantes para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas, según lo establecido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, o para la suscripción de certificados de eficiencia energética, o haya acreditado la cualificación profesional necesaria para suscribir certificados de eficiencia energética según lo que se establezca mediante la orden prevista en la disposición adicional cuarta".
  • ¿QUÉ ES LA ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?: Una vez presentado el Certificado de Eficiencia Energética del inmueble, podrá solicitarse en el Registro general correspondiente a cada Comunidad, una etiqueta con la calificación obtenida, que otorgará el derecho de su utilización al propietario o promotor durante el periodo de validez del mismo, estableciéndose este como de 10 años máximo según se realicen o no, posteriores cambios sustanciales en el inmueble, tanto interiores como exteriores.

 

TELF. CONTACTO: +34 963 81 03 00 / +34 670 587 612 / +34 607 300 824 CERTIFICA EFIENERGÍA / ARQUITECTURA E INGENIERÍA gareidproyectos@gareidproyectos.com